Corte de Apelaciones definirá prisión preventiva para padre de menor que cayó desde piso 11 en Santiago
La Fiscalía de Flagrancia Oriente formalizó a un hombre imputado por la muerte de su hija de dos años y siete meses, quien falleció tras caer desde el piso 11 de un edificio en la capital. Pese a que el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva bajo el cargo de homicidio por omisión con dolo eventual, el tribunal rechazó la medida cautelar al considerar el hecho como una negligencia menor.
Ante esto, el persecutor presentó un recurso de apelación de inmediato, por lo que el imputado permanecerá detenido en tránsito a la espera de que la Corte de Apelaciones resuelva si decreta la prisión preventiva o confirma la libertad del sujeto.
Debate por la calificación jurídica
Durante la audiencia, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago no compartió la tesis de la Fiscalía. El tribunal estimó que el comportamiento del padre correspondió a una conducta negligente, recalificando el delito como cuasidelito de homicidio, una figura legal que contempla una pena considerablemente menor a la solicitada por el ente de control de la detención.
De acuerdo con los antecedentes presentados por el fiscal Jorge Reyes, el trágico desenlace ocurrió luego de que el imputado dejara a la menor sola por al menos una hora y media en una habitación que no contaba con malla de seguridad y donde la cama estaba pegada al ventanal.
Posteriormente, el hombre se fue a dormir. Tras la caída de la niña, transcurrieron cerca de 40 minutos hasta que personal policial logró despertar al progenitor, luego de realizar un rastreo piso por piso para ubicar el departamento de origen del accidente.
Incumplimiento de compromisos y consumo de alcohol
La Fiscalía enfatizó que el imputado no se encontraba en condiciones óptimas para el cuidado de la menor. Según el detalle del Ministerio Público, el sujeto asistió a un quincho hasta la 01:00 horas, continuó en una discoteca hasta las 05:00 de la madrugada y, horas más tarde, volvió a consumir alcohol durante el almuerzo.
Asimismo, se reveló que el imputado mantenía un compromiso incumplido ante el Tribunal de Familia, donde se había obligado a instalar mallas de protección en todo el inmueble. Sin embargo, solo las colocó en los sectores del living y el comedor.
“Este imputado se representó la posibilidad de que ocurriera este hecho y no le importó. Para nosotros supera largamente la negligencia”, sostuvo con firmeza el fiscal Jorge Reyes al defender la tesis de dolo eventual.
