Beneficios económicos a sectores más vulnerables ya son una realidad
En condiciones de cumplir su trámite de promulgación como ley de la República quedó el proyecto que entrega diversos beneficios económicos para los sectores más vulnerables del país, denominado ahora como “proyecto que reajusta los valores del Subsidio Único Familiar y la Asignación Familiar, reactiva el aporte pagado a través del Bolsillo Familiar Electrónico por los meses de invierno de 2024, e inyecta recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo
Se mantuvo el universo de beneficiarios que corresponde al 40% más vulnerable de la población y se extendió el cupo para hacer uso de los subsidios para el pago de las cuentas de la luz.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel refrendó que el mecanismo de Bolsillo Electrónico podrá ser usado por las familias a través de las cajas vecinas. Asimismo, dijo que, en la discusión del Presupuesto 2025, se abordará una fórmula para hacer del Bolsillo un beneficio más permanente, dado el éxito que ha tenido como política pública y tomó nota de las observaciones de los legisladores.
¿En qué consiste los beneficios?
Las medidas que apuntan a hacer frente a los meses de invierno de 2024 incorporan: un reajuste de 4,5% en los valores del SUF y la asignación familiar; un ajuste a los tramos de manera de ampliar la base de beneficiarios; y una adecuación del funcionamiento de los mismos
Asimismo, se consideró la reactivación del bolsillo familiar electrónico por tres meses más, específicamente por julio, agosto y septiembre; más la inyección de recursos al Fondo de Estabilización del Precios del Petróleo (FEPP), para que el precio del kerosene doméstico se mantenga en torno a los $1.050 por litro.
En concreto, este proyecto incrementa la Asignación Familiar y Maternal y el SUF, para el 40% más vulnerable de la población, quedando en los siguientes nuevos montos según tramo de ingreso:
– De $21.243 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $586.227.
– De $13.036 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $586.227 y no exceda de $856.247.
– De $4.119 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $856.247 y no exceda de $1.335.450.