Asociación de Bancos anticipa impacto en la prevención de los autofraudes
La Asociación de Bancos (ABIF) lamentó la decisión de los Ministerios de Hacienda y Economía, que contó con la opinión favorable de la Comisión para el Mercado Financiero, de no ajustar el límite de UF 35 para el monto a restituir por las operaciones desconocidas por el usuario de los medios de pagos en un plazo de 10 o 15 días, dependiendo del tipo de transacción.
Las modificaciones a la Ley 20.009, entre otras cosas, facultaron a esos ministerios a establecer dicho límite en el rango de UF 15 a UF 35, además de poder fijar límites diferenciados por tipo de operación, medio de pago y producto. Desde la mirada del gremio, la mejor opción para mitigar el surgimiento de autofraudes era determinar el límite superior para la devolución de las operaciones desconocidas en las 15 UF y no mantenerlo en 35 UF.
Sin embargo, a pesar del deterioro del sistema financiero frente a los autofraudes, donde las operaciones desconocidas aumentaron 7 veces en menos de 12 meses, la ABIF ve con preocupación la inconsistencia de la decisión del Ejecutivo. Esto, ya que la atribución solicitada por el Gobierno en dicha ley buscaba precisamente reducir los incentivos a los autofraudes. Contrariamente a lo esperado, mantuvieron el monto de UF 35.
Por otra parte, la modificación de la Ley 20.009 encargó a la Comisión para el Mercado Financiero dictar la normativa asociada a los factores de autenticación en las operaciones con medios de pagos, estableciendo un plazo máximo de 12 meses a contar de la publicación de la Ley en el Diario Oficial, cuyo objetivo era mitigar una situación insostenible en materia de autofraudes.
Si bien la CMF aún se encuentra dentro del plazo para emitir la normativa de factores de autenticación requerida, el gremio bancario estima que es pertinente dictarla con celeridad, considerando la gravedad de la situación que llevó a su modificación, y donde el sistema bancario alcanzó registros de devoluciones por US$ 80 millones tan sólo en un mes (marzo de 2024).
La publicación de las modificaciones a la Ley 20.009 efectivamente ha contribuido al descenso en el monto de autofradues, aunque estos todavía se encuentran muy por encima de algunos países desarrollados y se ha agregado, además, un componente de judicialización que no es acorde con el desarrollo de medios de pago masivos e inclusivos. En ese sentido, el gremio lamenta que Chile sea el único país donde se observa una situación como la descrita, donde se ampara el engaño.
La ABIF concluye afirmado que la decisión de los Ministerios de Hacienda y Economía, así como la ausencia de la normativa de factores de autenticación por parte de la CMF, desconciertan y no son acordes a la realidad que buscaban abordar las modificaciones a la Ley de Fraudes. La implicancia directa de este actuar es mantener riesgos y costos para el sistema de pagos que atentan contra su desarrollo y, en definitiva, que los ciudadanos no puedan acceder a medios de pagos seguros y modernos, sostiene el gremio.
