Corte de Talca otorga libertad condicional a excapitán de Carabineros Patricio Maturana en el caso Campillai
En una decisión adoptada por unanimidad, la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Talca concedió el beneficio penitenciario al excapitán de Carabineros Patricio Maturana Ojeda. La medida se hará efectiva a contar del 2 de diciembre de 2026, fecha en la que el condenado alcanzará la mitad de la pena requerida por la normativa vigente para optar a esta modalidad de cumplimiento fuera de la cárcel.
Maturana se encuentra actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina, en la Región del Maule, donde cumple una pena de 12 años y 183 días de presidio efectivo por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.
Oposición de Fabiola Campillai y argumentos del tribunal
La resolución del organismo colegiado se dictó a pesar del tajante rechazo de la víctima, la actual senadora Fabiola Campillai, quien acudió de manera presencial y por escrito ante la comisión para instar por la denegación del beneficio.
Durante su intervención, la parlamentaria argumentó que:
Por la gravedad de las violaciones a los derechos humanos y el marco internacional, debió exigirse el cumplimiento de al menos dos tercios de la condena.
Cuestionó que el condenado no le haya ofrecido disculpas ni haya expresado arrepentimiento público por el daño causado.
Manifestó preocupación por el impacto que la salida del exfuncionario pueda tener en su seguridad y bienestar psicológico.
Sin embargo, la comisión desestimó los requerimientos de la senadora. Al revisar la calificación jurídica del caso, determinó que correspondía aplicar la regla general de cumplimiento de la mitad de la pena, dado que la sentencia condenatoria descartó calificar los hechos como un crimen de lesa humanidad. Asimismo, la instancia precisó que no existen antecedentes ni registros de amenazas o intentos de contacto por parte de Maturana hacia la víctima.
El informe psicosocial de Gendarmería
Un elemento clave en la determinación fue la evaluación técnica presentada por Gendarmería de Chile. El informe psicosocial calificó el riesgo de reincidencia de Maturana como “muy bajo” y destacó los siguientes puntos:
Conducta penitenciaria intachable y ausencia de antecedentes penales previos.
Reconocimiento del impacto: A diferencia de lo planteado por la víctima en el ámbito público, la evaluación interna concluyó que el interno reconoce la gravedad de sus actos en su proceso de reinserción.
Progresión penitenciaria: El exfuncionario ya contaba con el beneficio de salida dominical desde el penal de Molina.
Contexto del caso y régimen de supervisión
Los hechos se remontan al 26 de noviembre de 2019, en San Bernardo, cuando Fabiola Campillai se dirigía a su trabajo en medio de las jornadas del estallido social. Sin participar en las manifestaciones, recibió de forma directa el impacto de una bomba lacrimógena disparada por Maturana, lo que le provocó la pérdida irreversible de la vista en ambos ojos, además del gusto y el olfato.
En octubre de 2022, el Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo determinó que el disparo fue intencional y contrario a los protocolos institucionales, condena que quedó firme en enero de 2023 tras el rechazo de los recursos de nulidad por la Corte de Apelaciones de San Miguel.
La libertad condicional no implica el perdón ni el fin de la condena, sino una modalidad de cumplimiento bajo régimen de supervisión y compromisos legales en el medio libre. Cualquier incumplimiento de las condiciones impuestas derivará en la revocación inmediata del beneficio. Maturana permanecerá recluido en el penal de Molina hasta la fecha fijada para su salida en diciembre.
