Corte Suprema falla a favor del Retail Financiero y anula obligatoriedad de prefijos en llamadas de cobranza
La Corte Suprema acogió el recurso de amparo económico presentado por la Asociación del Retail Financiero, dictaminando que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) no puede obligar a las empresas del sector a utilizar los prefijos 600 y 809 para realizar llamadas de cobranza extrajudicial.
El fallo emanado de la Tercera Sala del máximo tribunal deja sin efecto el Oficio N°11.269/2025, estableciendo que la industria del retail no está sujeta a las disposiciones de la Resolución Exenta N°286 de la Subtel, publicada en febrero de este año.
Impacto en la industria
La asociación gremial argumentó ante la justicia que la medida impuesta por la autoridad de telecomunicaciones generaba una “afectación directa en la gestión de cobranza y el recupero de los créditos”, dificultando el contacto con los clientes y alterando los procesos operativos de las empresas.
Con esta resolución, las compañías de retail financiero quedan eximidas de la obligación de identificar sus llamadas bajo dichos prefijos técnicos, recuperando la autonomía en sus canales de comunicación de cobranza.
Un precedente para otros sectores
La abogada Carla Bordoli, quien lideró la representación del gremio, destacó la relevancia jurídica de la sentencia:
“Este fallo puede servir de precedente para la cobranza extrajudicial de otras industrias. Otros sectores podrían efectuar presentaciones ante la Subtel solicitando su exclusión de la resolución 286, basándose en las consideraciones señaladas por la Corte”.
