Presidente Boric promulgó ley que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos
Un nuevo e importante paso para garantizar el acceso a la justicia a víctimas de delitos se concretó, luego que el Presidente de la República, Gabriel Boric promulgara la Ley que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos.
El mandatario, que estuvo acompañado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo, entre otras autoridades, destacó que esta nueva institucionalidad permitirá fortalecer el acceso igualitario a la justicia y brindar atención jurídica y psicosocial a víctimas de delitos, así como representación jurídica gratuita a quienes más lo necesiten.
Aspectos clave de la Ley
- Unifica la asistencia judicial y la atención de víctimas de delitos en un servicio público de carácter nacional, simplifica el proceso para que las personas puedan acceder a prestaciones y mejora su provisión al consolidar experiencias que antes estaban dispersas en distintas entidades.
- Crea la Defensoría de las Víctimas de Delitos, que entregará atención integral jurídica y psicosocial, a víctimas de delitos, en particular a aquellos más violentos. Esto reforzará la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana y ayudará a saldar una deuda pendiente con la ciudadanía.
- Promueve la resolución colaborativa de conflictos, incluyendo la mediación familiar obligatoria para evitar que los conflictos lleguen a tribunales y se alcancen soluciones con la participación de las personas involucradas.
- Entrega asistencia jurídica especializada respecto de diversos grupos y ámbitos, como niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, defensa laboral y derechos humanos, entre otros.
- Establece estándares de calidad y mecanismos de control en la atención de personas usuarias, avanzando hacia un enfoque de derecho y garantía para la ciudadanía en su acceso a la justicia.
- Garantiza la atención profesional y asegurando que todas las personas usuarias reciban una atención de calidad.
- Dispone la existencia de centros de atención en cada comuna o agrupación de comunas donde existan tribunales de justicia y promueve medios remotos de atención para asegurar cobertura permanente en todo el territorio nacional.
- Establece la gradualidad de la puesta en marcha del nuevo servicio, a partir de los 18 meses de la publicación de la ley. Iniciará en la zona norte, desde Arica hacia Valparaíso.
