Senado aprobó Ley Jacinta que busca aumentar la seguridad vial
El Senado despachó a tercer trámite la llamada Ley Jacinta, incluyendo fuero laboral por el período de un mes en caso de muerte de un hijo o hija, lo que debe ser ratificado por la Cámara.
El proyecto -que modifica la ley 18.290 y otros cuerpos legales, para hacer efectiva la exigencia de contar con aptitudes para conducir vehículos motorizados y regular otras materias relacionadas- fue informado por el senador Alejandro Kusanovic, presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
El texto nace a partir de una dolora tragedia que estremeció a nuestro país con la muerte de la pequeña Jacinta González, de 5 meses de edad, quien falleció mientras era paseada en su coche por sus padres. En la ocasión, un conductor de 80 años de edad perdió el control de su vehículo debido a un cáncer en etapa IV
¿De qué trata la ley?
Establece que todos los conductores, de cualquier edad, deberán firmar una declaración jurada asegurando que no padecen enfermedades ” inhabilitantes o restrictivas” para conducir. Lo cual será deteminado por el reglamento de los ministerios de Transportes y de Salud.
Las municipalidades deberán implementar un procedimiento para verificar la aptitud física y psíquica de quienes postulen o renueven licencias de conducir.
Regulaciones y multas
En caso que la persona declare falsamente que está en condiciones de conducir será considerado una infracción grave, con multa de 1 a 1,5 UTM (aprox. $70.000 – $104.000) y cancelación de licencia
La ley incluye un fuero laboral de 30 días para quienes pierdan un hijo o hija en accidente de tránsito: aplica incluso si el contrato es a plazo fijo
Para menores de edad, el uso de motocicletas como acompañantes sólo estará permitido a partir de los 12 años, y si pueden apoyar los pies y van detrás del conductor.
El seguro obligatorio (SOAP): en caso de muerte o gasto médico, la cobertura mínima sube de 300 a 600 UTM, y en caso de incapacidad parcial permanente de 200 a 400 UTM.
