Subtel oficializa cambio normativo: Llamadas de cobranza extrajudicial ya no usarán prefijos 600 u 809
La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) publicó en el Diario Oficial una modificación normativa clave respecto a los servicios asociados a la telefonía: las llamadas de cobranza extrajudicial volverán a ser catalogadas como de tipo “normal”. Con esto, los usuarios ya no verán los prefijos 600 u 809 en las pantallas de sus celulares al recibir este tipo de comunicaciones.
La medida se implementó luego de que la Corte Suprema acogiera los recursos legales presentados por la Asociación Gremial de la Industria de Retail Financiero A.G. El gremio argumentó que estos contactos no pueden ser clasificados como publicidad o spam, ya que su objetivo exclusivo es que un cliente regularice su situación de pago. Asimismo, las empresas advirtieron que la restricción anterior generaba un grave perjuicio en la gestión de morosidad y la recuperación de créditos.
En su resolución, el máximo tribunal del país dictaminó que no es posible calificar el ejercicio de la cobranza extrajudicial telefónica como un “servicio complementario”, precisando que se trata de “meramente una comunicación efectuada por el acreedor a un deudor determinado, a través del medio telefónico”.
Con este vuelco normativo, las comunicaciones destinadas a la cobranza quedan completamente eximidas de utilizar la identificación especial. Cabe recordar que en agosto de 2025 había comenzado a regir la regulación que obligaba a las empresas a usar los prefijos 600 y 809 en llamadas masivas, una herramienta que buscaba facilitar al ciudadano la identificación de spam telefónico y posibles fraudes.
