Los proyectos de ley “Escuelas Protegidas”: complemento marginal a la Ley N° 21.128 de “Aula Segura”
En reacción a agresiones aisladas que desencadenaron una ola de amenazas más o menos serias en nuestros establecimientos educacionales, el Ejecutivo presentó el día 7 de abril, un paquete legislativo llamado “Escuelas Protegidas”.
Sin embargo, al leer los mensajes presidenciales de los dos proyectos de ley que componen el referido paquete de medidas, se puede observar que, en lo que concierne el proyecto Boletín 18.155-25, éste se limita a una modificación del Código Penal para insertar dos nuevas agravantes en el artículo 12. El objetivo es elevar las penas para delitos cometidos contra la comunidad educativa o dentro de recintos escolares. No obstante, esta medida resulta redundante, atendido que la Ley Aula Segura ya tipificó como faltas gravísimas el uso de armas y agresiones físicas, y el sistema penal general ya cuenta con herramientas para ponderar la gravedad del lugar del delito. Difícilmente un aumento marginal en la escala de penas disuadirá a quienes ya estarían dispuesto a vulnerar la convivencia escolar.
Por su lado, el segundo proyecto (Boletín 18.156-04) introduce -entre otros- la polémica medida de revisión de mochilas y pertenencias de los alumnos. Aunque esta nueva herramienta es opcional, ya que la disposición indica que los establecimientos educacionales “podrán” incorporar esta facultad en sus Reglamentos Internos (RICE), lo cierto es que, de aplicarse, conllevaría una serie de problemas legales y de gestión insalvables para los colegios. En primer lugar, pretender que inspectores o profesores, sin formación en seguridad ni recursos adicionales, deban además de sus funciones, realizar controles diarios a los estudiantes, pondrá en riesgo la integridad física de esos trabajadores. Asimismo, creará un sinfín de situaciones conflictivas en los establecimientos educacionales que, sin lugar a dudas, vendrá alimentar el contencioso -ya nutrido- de convivencia escolar puesto que, si un estudiante se niega, el colegio solo podrá llamar a los apoderados o directamente a Carabineros. Traspasar el control de porte de armas a los colegios, es una medida que desconoce profundamente las dinámicas escolares.
En resumidas cuentas, parece que se trata aquí más bien de una estrategia comunicacional impulsiva, que complementa marginalmente lo que ya establecía la Ley N° 21.128 de Aula Segura. En lugar de soluciones preventivas e interdisciplinarias diseñadas en base a estudios y evidencias, estas reformas apuestan por el populismo penal y la burocracia reglamentaria. Mientras no existan recursos para equipos de seguridad profesionales y apoyo psicosocial real, “Escuelas Protegidas” será recordada como una ley que prometió orden, pero solo profundizó la conflictividad escolar.
“Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.
Dra. Sara Moreno Fernández
Académica de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Maule.
